por Helen Bolton.
Artículo 1°.- A la presente ley quedarán sujetos todos los profesores y alumnos pertenecientes a al establecimiento educacional San Rafael Arcángel ubicado en la ciudad de Santiago comuna de la Reina. Todos los profesores que realicen clases en la primera hora del día deberán esperar quince minutos después del toque de campana para poder comenzar su clase, debido a los grandes problemas de locomoción colectiva que existen en la región Metropolitana.
domingo, 17 de agosto de 2008
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